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LA BANDERA
La
Bandera es el más sublime símbolo de la libertad y la soberanía nacional.
Nuestra
bandera o enseña nacional, concebida por el patricio Juan Pablo
Duarte,
en el juramento que hicieron los fundadores de la sociedad secreta La
Trinitaria el 16 de julio de 1838, fue confeccionada y bordada por
Concepción Bona y Hernández, y flotó airosa por primera vez el 27 de
febrero de 1844, durante la proclamación de la Independencia en la puerta
del Conde.
Se
compone de los colores azul ultramar y rojo bermellón, en cuarteles
esquinados y alternos de tal manera que el azul debe quedar en la parte
superior del asta, separados por una cruz blanca, de un ancho igual a la
mitad de la altura de cada cuartel, llevando en su centro el escudo de
armas de la República Dominicana.
El
color azul de nuestra enseña nacional representa "ideales de
progreso y libertad"; el rojo "la expresión de la sangre
derramada por los héroes de la Patria"; y el blanco simboliza
"la paz y unión entre todos los dominicanos. Aunque para algunos
autores el significado de los colores de nuestra bandera puede variar,
según su apreciación personal.
USO
DE LA BANDERA
Dada
la importancia de que este símbolo de la patria sea exhibido
correctamente y con orgullo por todos los dominicanos, tanto el 27 de
febrero (día de la Independencia Nacional) como el 16 de agosto (día de
la Restauración de la República) de cada año, y en otras importantes
fechas históricas; se publican a continuación algunas de las normas
apropiadas para su uso, que le confieren al digno acto de ostentarla en
nuestros hogares y lugares públicos, su profundo significado de firme
identificación con nuestro país, del que debemos aspirar a ser todos,
hijos dignos y agradecidos.
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Cuando
nuestro pabellón tricolor está desplegado y flotando al viento unido
al asta, el sagrado lienzo tiene dos caras o lados; el lado de frente
derecho, en el cual el cuartel azul que está hacia el tope del asta
se verá a la izquierda del observador; y el lado izquierdo, en el
cual el cuartel azul que está hacia el tope del asta quedará al lado
derecho del observador.
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Al
colocarse horizontalmente sobre una pared la bandera deberá colgarse
al lado derecho, de modo que el cuartel superior azul que está unido
al borde derecho de la driza quede a la izquierda del observador.
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Cuando
el pabellón nacional sea colocado en forma vertical sobre una pared,
el cuartel azul de la esquina superior –el que está unido al borde
grueso de la driza- deberá quedar a la izquierda del observador.
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Durante
un desfile, cuando junto a la dominicana se exhiben otras banderas, la
nuestra se colocará siempre a la derecha.
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Si
un número impar de banderas son agrupadas y desplegadas en astas, la
dominicana se colocará en el centro ocupando un lugar más prominente
que las demás. En caso de ser colocadas de dos en dos, la bandera
nacional se colocará siempre a la derecha, es decir, a la izquierda
del observador y a similar altura que la otra.
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Al
izarse banderas de dos o más naciones deberán ser izadas en astas
separadas o colgadas de diferentes cuerdas de igual tamaño y al mismo
nivel.
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Cuando
la bandera es usada en una tribuna deberá siempre colocarse sobre y
detrás de la mesa del orador; nunca deberá usarse para cubrir la
mesa del orador ni para adornar el frente de la misma o de una
plataforma.
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Cuando
por motivos de duelo la bandera deba izarse a media asta, primero
deberá elevarse hasta el tope y luego llevarse hasta la posición de
media asta. Cuando se vaya a arriar deberá izarse hasta el tope y
entonces descenderla.
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Nunca
debe permitirse que la bandera toque tierra.
FORMA
DE DOBLAR Y GUARDAR LA BANDERA
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Se
dobla en cuatro por la parte más larga.
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Se
dobla el extremo que corresponde a la parte contraria a donde se pone
la driza en forma de triángulo.
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Se
continúa el doblez en triángulos hasta finalizar por la parte donde
se pone la driza y se introduce el extremo por la abertura del último
doblez. En caso de haberse mojado deberá secarse antes de proceder a
doblarla.
La
Ley No. 360 de 1943, y sus modificaciones, reglamenta el uso de la
Bandera Nacional: debe ondear en todos los edificios públicos e
instalaciones militares y judiciales. Todo el pueblo debe izarla en
sus hogares los días de fiestas patrias.
Las
naves marítimas y aéreas nacionales la deben llevar izada. Las
escuelas, colegios y universidades y, en general, las entidades educativas
deben rendirle homenaje y presentarla izada a sus estudiantes.
El
presidente de la Republica la lleva cruzada en su pecho, en la banda
presidencial.
Las
embajadas y consulados dominicanos deben izarla en sus
oficinas ubicadas en el exterior; además en las residencias de
embajadores nacionales debe izarse durante las fechas patrias
dominicanas, junto a la bandera del país donde presentan sus servicios.
La
bandera que usan los buques mercantes no llevará el escudo de armas.
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Los símbolos de la patria dominicana son: La Bandera, el Escudo
y el Himno, los
cuales constituyen la más elevada y permanente representación de nuestra
nacionalidad.
HIMNO NACIONAL

¡Qué linda en el tope estás
dominicana bandera!
Quién te viera, quién te viera,
más arriba, mucho más
Gastón Fernando
Deligne
Poeta dominicano
HIMNO A LA BANDERA
Ya empezó su trabajo la escuela
Y es preciso elevarte a lo azul,
Relicaria de viejos amores,
Mientras reine la mágica luz.
¿No sentimos arder a tu influjo
la luz viva de un fuego interior
cuando flotas alegre, besada
por los cálidos rayos de Sol?
¡Dios! Parece decir, ¡OH Bandera!
La sublime expresión de tu azul;
¡Patria!, el rojo de vivida llama;
¡Libertad!, dice el blanco en la cruz.
Mientras haya una escuela que cante
Tu grandeza, Bandera de amor,
Flotarás con el alma de Duarte,
Vivirás con el alma de Dios.
Letras: Ramón E. Jiménez |
EL ESCUDO
El escudo de
armas de la República Dominicana es el emblema que solo o junto a la
bandera representa el estado libre, independiente y soberano.
Desde el
inicio de la República figuraba en los documentos oficiales expedidos en
1844 por la Junta Central Gubernativa, pero es en la primera Constitución
dominicana, votada el 6 de noviembre del mismo año en la ciudad de San Cristóbal,
donde por primera vez se da una versión oficial del escudo de armas. Se
han registrado unas diecinueve versiones del escudo hasta llegar al actual
establecido durante el gobierno del Doctor Adolfo A. Nouel, en el año
1913.
Nuestra
Constitución o carta sustantiva, en su artículo
96 establece que "el escudo de armas de
la República tendrá los mismos colores de la bandera nacional dispuestos
en igual forma, llevará en el centro el libro de los Evangelios, abierto,
con una cruz encima, surgiendo ambos de entre un trofeo integrado por dos
lanzas y cuatro banderas nacionales sin escudo, dispuestas a ambos lados;
llevará un ramo de laurel (la inmortalidad) del lado izquierdo y una palma
(la libertad) del derecho,
estará coronado por una cinta azul ultramar en la cual se leerá el lema
trinitario:
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD, y en la base habrá otra cinta de color rojo
bermellón con las palabras: REPÚBLICA DOMINICANA. La forma del escudo
nacional será de un cuadrilongo, con los ángulos superiores salientes y
los inferiores redondeados, el centro de cuya base terminará en punta, y
estará dispuesto en forma tal que si se traza una línea horizontal que
una las dos verticales del cuadrilongo de donde comienzan los ángulos
inferiores, resulte un cuadrado perfecto.
El escudo
está en el centro de la bandera (Art.
95 de la Constitución), en la banda que usa el Presidente de la
República, en el frente de los kepis de los oficiales de las Fuerzas
Armadas y de la Policía Nacional y en los documentos oficiales. |